Skip to main content

La nueva Ley de delitos económicos o “delitos de cuello y corbata” llegó para quedarse, e incorpora nuevas responsabilidades penales que preocupan a directores y representantes de diferentes compañías. 

SANCIONES: La condena siempre supondrá una pena de multa y de inhabilitación, que puede ir, en el caso de la multa, desde los ½ UTM hasta las 1.000 UTM. 

 

¿Cómo evitar estas sanciones?

A la propuesta se le agregó la categoría de “prevención de delitos”, la que permite eximir de responsabilidad a la empresa, siempre y cuando cumpla con los siguientes requisitos: 

  • Identifique las actividades que impliquen riesgos 
  • Establezca protocolos y procedimientos para prevenir y detectar delitos, considerando canales de denuncia y sanciones internas
  • La normativa interna debe comunicar de estos hechos a los colaboradores
  • Se debe asignar un sujeto responsable para la “función de cumplimiento”

 

¿Esta Ley afecta a los trabajadores de mi empresa?

La verdad es que sí, esta Ley obliga a prevenir contingencias o riesgos, mejorar y/o capacitar a los equipos de trabajo que lideran los departamentos de Recursos Humanos al interior de las empresas. La recomendación de las autoridades a las compañías es que aprovechen el año de vacancia de esta iniciativa para que puedan capacitar a sus profesionales, para que estén informados de estas nuevas medidas. 

¿A quienes se les podría aplicar esta Ley?

Penas aflictivas a  los altos cargos de las empresas como Directores o Gerentes Generales. Pero también a todas las empresas y personas naturales detrás de las personas jurídicas, es por esto que los colaboradores deben capacitarse para evitar estas malas prácticas, que pueden incurrir en delito. 

 

Tags:
Tomás Covarrubias Suric
Post by Tomás Covarrubias Suric
Jan 4, 2024 4:07:41 PM