Skip to main content

Los conocidos como “delitos de cuello y corbata” vuelven a estar en la mira y preocupan a directores y representantes de diferentes compañías. El proyecto de ley que amplía la responsabilidad penal para delitos económicos y contra el medio ambiente incluye modificaciones que contemplan mayores sanciones para los altos ejecutivos de las compañías. 

 

La norma tiene como objetivo crear el concepto de “delito económico” y clasificarlo en 4 categorías diferentes. Adicional a esto, se sumará un sistema especial que determinará las penas y sanciones, diferentes a las establecidas en el Código Penal, estas se aplicarán a personas naturales que participen en la comisión de un delito. 

 

  • Primera categoría: Se considerarán los delitos que afecten a bienes jurídicos propios del funcionamiento de la economía 

Ejemplo: Delitos de la Ley General de Bancos, colusión, negociación incompatible, etc.

  • Segunda categoría: Se considerará como “delito económico” sólo si es perpetrado por una persona en ejercicio de sus funciones.   

Ejemplo: Cuasidelitos de homicidio, amenazas, delitos tributarios,  etc. 

  • Tercera categoría: Delitos cometidos por funcionarios públicos pero con la participación de un particular

Ejemplo: Fraude al fisco, malversación de caudales públicos.

  • Cuarta categoría: Lavado de activos y receptación considerados como delitos base para todas las categorías. 

 

Esta iniciativa es parte de la agenda anti abusos, que castiga la colusión, el uso de información privilegiada y la corrupción. El proyecto permite entre otros avances, perseguir de mejor manera los delitos de “cuello y corbata”.

Esto plantea la necesidad de una mayor preocupación y control de procesos de mitigación de riesgo dentro de las empresas. Desde monitoreo de clientes, proveedores y colaboradores, hasta la detección de operaciones sospechosas que puedan tener un impacto en la responsabilidad penal de los directores.

 

Nuevas sanciones y multas

Esta ley también contempla nuevas sanciones, diferentes a las establecidas en el código vigente. La condena siempre supondrá una pena de multa y de inhabilitación, que puede ir, en el caso de la multa, desde los ½ UTM hasta las 1.000 UTM. 

Por otra parte, se agregó a la minuta un modelo de prevención de delitos, donde se puede eximir de responsabilidad a la empresa siempre y cuando cumpla con ciertos requisitos: 

 

  • Identifique las actividades que impliquen riesgos 
  • Establezca protocolos y procedimientos para prevenir y detectar delitos, considerando canales de denuncia y sanciones internas
  • La normativa interna debe comunicar de estos hechos a los colaboradores
  • Se debe asignar un sujeto responsable para la “función de cumplimiento”

 

Hoy en día existen herramientas tecnológicas, como softwares de procesamiento de información y chequeo constante que permiten integrar procesos de prevención. Regcheq, a través de procesos 100% digitalizados y sistemas que integran Inteligencia artificial, lidera en el mercado de lavado de activos y monitoreo de información. 

Tags:
Noticias
Tomás Covarrubias Suric
Post by Tomás Covarrubias Suric
Aug 29, 2023 4:00:26 PM